Las cuentas públicas Municipales y su problemática
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Cuenta PúblicaResumen
Cada año somos testigos del jaloneo político que se da en el seno del Congreso del Estado para la calificación o aprobación de las cuentas públicas de los 72 municipios y la de ejecutivo.
Los municipios y el Ejecutivo Estatal tienen como plazo para presentar su cuenta publica el mes de Abril de cada año y su revisión y aprobación corre por cuenta de la Cámara Local de Diputados, instancia que califica la actuación de los municipios en el mes de Septiembre, lo anterior quiere decir que la cuenta pública del 2004 de los Municipios y el Ejecutivo se presentará a mas tardar en Abril del 2005 y se dictaminará hasta Septiembre de este año.
El Congreso del Estado de Sonora, como en cualquier gobierno con división de poderes, tiene como razón de ser hacerle contrapeso a los otros dos poderes. Con respecto al poder Ejecutivo y en este caso a los Municipios, la función la realiza a través de la aprobación del presupuesto y la fiscalización de la cuenta pública, o sea que primero le autoriza cuánto y en que es lo que puede gastar y luego debe vigilar y comprobar que el ejercicio del presupuesto se ajuste a lo que autorizó.
Esta vigilancia y fiscalización, aunque de manera muy acotada, se hace a través de la cuenta pública que el Ejecutivo y los Municipios deben presentar al final de cada ejercicio fiscal. El artículo 64 fracción XXV de la Constitución Sonorense precisa que le poder legislativo debe examinar y calificar las cuentas públicas, dicha revisión tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados en los presupuestos aprobados, si de la glosa aparecieran discrepancias entre las cantidades ejercidas, las partidas aprobadas y las metas alcanzadas o no existe exactitud y justificación, de los gastos hechos, se determinarán las responsabilidades de acuerdo a la ley.
La Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado es el órgano e instancia que recibe y revisa en primera instancia la contabilidad (cuenta pública) de los 72 Municipios y del Ejecutivo Estatal, lo anterior con fundamento en los artículos 3ero, 6to, y 16avo de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado Libre y Soberano de Sonora.
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